Se han considerado las transacciones más comunes y habituales que llevan a cabo las PYMES, para dar contenido y virtualidad a las normas de registro y valoración, que tienen carácter obligatorio. En el caso de que una PYME lleve a cabo operaciones no reguladas en su plan, deberá remitirse con carácter general a las normas correspondientes del PGC. Aunque se haya mantenido la misma redacción que en el PGC, se ha simplificado algún aspecto o se han eliminado determinadas normas, bien porque regulaban aspectos de escasa trascendencia aplicativa o bien porque eran de compleja utilización, en términos generales. En las operaciones de arrendamiento financiero y operativo la principal modificación simplificadora se refiere a la contabilidad del arrendatario (utilizando el valor razonable del activo arrendado y desechando el valor actual del pasivo financiero como límite máximo). Mención especial merece el tratamiento que pueden aplicar las microempresas, ya que los arrendatarios de los acuerdos de arrendamiento financiero u otros de naturaleza similar que no tengan por objeto terrenos, solares u otros activos no amortizables contabilizarán las cuotas devengadas en el ejercicio como gasto en la cuenta de pérdidas y ganancias, y en su caso, en el momento de ejercer la opción de compra, se registrará el activo por el precio de adquisición de dicha opción.
Table of Contents
Prólogo
Real Decreto 1515/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Plan General de Contabilidad de Pequeñas y Medianas Empresas y los criterios contables específicos para microempresas
Marco conceptual de la contabilidad
Normas de registro y valoración para pequeñas y medianas empresas
Cuadro de Cuentas
Definiciones y relaciones contables
Cuentas anuales
Estado de cambios en el patrimonio neto
Cuadros explicativos de las normas de valoración
Glosario de términos contables